Artículo 1098 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1098.- Si el que teniendo excusa legítima para ser tutor acepta el cargo, se entiende que renuncia por ese solo hecho a la excusa que le concede la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.