Artículo 1251 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1251.- Pueden testar todas las personas a quienes la ley no prohíbe expresamente el ejercicio de ese derecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.