Artículo 1273 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1273.- Las disposiciones testamentarias hechas en favor de los pobres en general, se entenderán hechas en favor del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.