Código Civil estatal

Artículo 1486 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo

Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1486.- En el sobre cerrado que contenga el duplicado del testamento ológrafo, se pondrá la siguiente constancia, extendida por el encargado del Registro: "Recibí el pliego cerrado que..........afirma contiene original su testamento ológrafo, del cual, según afirmación de la misma persona, existe dentro de este sobre un duplicado". Se pondrá luego el lugar y la fecha en que extienda la constancia, que será firmada por el encargado de la oficina, poniéndose también al calce la firma del testador y de los testigos de identificación, cuando intervengan, y será devuelto al testador, dejándose en la oficina constancia de recibo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1486 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo?

En el sobre cerrado que contenga el duplicado del testamento ológrafo, se pondrá la siguiente constancia, extendida por el encargado del Registro: "Recibí el pliego cerrado que..........afirma contiene original su…

¿Está vigente el artículo 1486?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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