Artículo 195 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 195.- También anula el negocio el error que recae por discrepancia, sobre la identidad del bien materia de aquél, o sobre la identidad de la persona con quien se contrata siempre que haya sido determinante del consentimiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.