Artículo 2732 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2732.- Lo dispuesto en el artículo 2724 es aplicable a los aperos de la finca arrendada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.