Artículo 2874 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2874.- Hay contrato de obras a precio alzado, cuando el empresario dirige la obra y pone los materiales, y se ajusta por un precio cerrado o por piezas o medidas, y se rige por las disposiciones de este título; pero si el contratista sólo aporta su dirección técnica el contrato se rige por lo dispuesto en este Código para la prestación de servicios profesionales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.