Artículo 2939 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2939.- La deuda de juego no puede ser convertida por novación en una obligación civilmente eficaz.
Quien hubiere firmado una obligación que en realidad tenía por causa una deuda de juego, conserva, aunque se atribuya a la obligación una causa civilmente eficaz, la excepción que nace de este artículo, pudiendo probar por todos los medios la causa real de la obligación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.