Artículo 297 de Código Civil para el Estado de Quintana Roo
Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 297.- En los contratos de tracto sucesivo se puede pactar la entrega de arras como seña penitencial y, en ese caso cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato, por su sola voluntad y con sólo hacer saber su determinación a su contraparte.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.