Artículo 1175 de Código Civil para el Estado de Sinaloa — Sinaloa
Código Civil para el Estado de Sinaloa — Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1175.- Los meses se regularán con el número de días que les correspondan.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.