Artículo 1677 de Código Civil para el Estado de Sinaloa — Sinaloa
Código Civil para el Estado de Sinaloa — Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1677.- Convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.