Artículo 2127 de Código Civil para el Estado de Sinaloa — Sinaloa
Código Civil para el Estado de Sinaloa — Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2127.- La promesa de contrato sólo da origen a obligaciones de hacer, consistentes en celebrar el contrato respectivo de acuerdo con lo ofrecido.
(REFORMADO, P.O. 31 DE MAYO DE 1941)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.