Artículo 1003 de Código Civil para el Estado de Tabasco — Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco — Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1003.- Descubrimiento en un mueble Si el tesoro se hallare en un mueble, se aplicarán por analogía las reglas establecidas para el tesoro encontrado en un inmueble.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.