Código Civil estatal

Artículo 1255 de Código Civil para el Estado de Tabasco

Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 1255.- Tendido de alambres Si para establecer comunicación telefónica particular, entre dos o más fincas, o para conducir energía eléctrica de propiedad particular y que no estén regidas por las leyes federales, sea necesario colocar postes y tender alambre en terrenos de una finca ajena, el dueño de ésta tiene obligación de permitirlo.

Esta servidumbre trae consigo el derecho de tránsito de las personas y el de conducción de materiales necesarios para la construcción y vigilancia de la línea.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1255 de Código Civil para el Estado de Tabasco?

Tendido de alambres Si para establecer comunicación telefónica particular, entre dos o más fincas, o para conducir energía eléctrica de propiedad particular y que no estén regidas por las leyes federales, sea necesario…

¿Está vigente el artículo 1255?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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