Artículo 1593 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1593.- Falta de formalidad Faltando alguna de las referidas formalidades, quedará el testamento sin efecto, y el Notario será responsable de los daños y perjuicios e incurrirá, además, en la pérdida del oficio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.