Artículo 1783 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1783.- Presentación del testamento (F. DE E., P.O. 22 DE NOVIEMBRE DE 1997)
Si el albacea ha sido nombrado en testamento y lo tiene en su poder, debe presentarlo dentro de los ocho días siguientes a la muerte del testador.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.