Artículo 2003 de Código Civil para el Estado de Tabasco — Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco — Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2003.- Estimación en dinero El empobrecimiento y el enriquecimiento deben ser estimables en dinero en forma directa o indirecta. Existe el enriquecimiento sin causa, no sólo en los casos en que se aumente el patrimonio de una persona en detrimento de otra, sino también cuando sin fuente o causa legítima, alguien se libere de una obligación.
Respecto al perjudicado, el empobrecimiento no sólo existirá cuando haya una pérdida o menoscabo de su patrimonio, sino también cuando deje de percibir todo aquello a que legítimamente tendría derecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.