Artículo 2347 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2347.- Cuáles son líquidas Las deudas cuya cuantía esté determinada o pueda determinarse en el plazo de nueve días, son deudas líquidas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.