Artículo 2551 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2551.- Gastos de entrega (F. DE E., P.O. 22 DE NOVIEMBRE DE 1997)
Los gastos de la entrega del bien vendido son por cuenta del vendedor y los de su transporte o traslación a cargo del comprador, salvo convenio en contrario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.