Artículo 2659 de Código Civil para el Estado de Tabasco
Código Civil para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2659.- Interés legal El interés legal será variable y se identificará con el costo porcentual promedio de captación del dinero que registra periódicamente el Banco de México.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.