Artículo 1093 de Código Civil para el Estado de Tamaulipas
Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1093.- El deudor que paga una deuda indivisible, se subroga en los derechos del acreedor en relación con los demás obligados, con reducción de la parte que a él le corresponde en la deuda.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.