Artículo 1878 de Código Civil para el Estado de Tamaulipas
Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1878.- Secuestro judicial es el que se constituye por decreto del juez.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.