Artículo 1933 de Código Civil para el Estado de Tamaulipas
Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1933.- Cuando el mandato se otorgue como un medio para pagar una obligación contraída por el mandante en favor del mandatario, este último está facultado para pagarse al ejercer el mandato.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.