Artículo 2018 de Código Civil para el Estado de Tamaulipas
Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2018.- La falta de la forma prescrita en el artículo anterior sólo produce el efecto de que los socios puedan pedir, en cualquier tiempo, que se haga la liquidación de la sociedad conforme al capítulo V de este Título; pero mientras esa liquidación no se pida, la sociedad produce todos sus efectos entre los socios y éstos no pueden oponer, a terceros que hayan contratado con ella, la falta de forma.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.