Artículo 2221 de Código Civil para el Estado de Tamaulipas
Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2221.- La fianza legal o judicial se otorgará en forma de acta ante el juez o tribunal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.