Código Civil estatal

Artículo 2225 de Código Civil para el Estado de Tamaulipas

Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 2225.- También pueden darse en prenda los frutos pendientes de los bienes raíces, que deben ser recogidos en tiempo determinado, pero para que esta prenda surta efectos contra tercero necesitará inscribirse en el Registro Público.

El que dé los frutos en prenda se considerará como depositario de ellos, salvo convenio en contrario.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2225 de Código Civil para el Estado de Tamaulipas?

También pueden darse en prenda los frutos pendientes de los bienes raíces, que deben ser recogidos en tiempo determinado, pero para que esta prenda surta efectos contra tercero necesitará inscribirse en el Registro…

¿Está vigente el artículo 2225?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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