Artículo 436 de Código Civil para el Estado de Tamaulipas
Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 436.- El juez que no cumpla las prescripciones relativas a la tutela será responsable de los daños y perjuicios que sufran los incapaces, además de la responsabilidad penal en su caso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.