Artículo 924 de Código Civil para el Estado de Tamaulipas
Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 924.- Toda disminución de los frutos que provengan de imposición de contribuciones, o cargas ordinarias sobre la finca o bien usufructuado, es de cuenta del usufructuario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.