Artículo 1161 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1161 Si el predio dominante se dividiere entre diversos propietarios, la servidumbre quedará a favor de todos y cada uno, sin que pueda alterarse la forma de ella en perjuicio del sirviente. Mas si la servidumbre estaba establecida a favor de una sola de las partes del dominante, sólo el dueño de esta parte podrá continuar disfrutándola.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.