Artículo 12 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 12 El que funde su derecho en leyes de otra entidad federativa o país extranjero, únicamente queda obligado a probar su aplicabilidad al caso concreto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.