Artículo 1213 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1213 Cuando el último día sea feriado, no se tendrá por completa la prescripción, sino cumplido el primero que siga y que sea útil.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.