Artículo 2200 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2200 Son nulas las ventas que produzcan la concentración o acaparamiento en una o en pocas manos, de artículos de consumo necesario y que tengan por objeto obtener el alza de los precios de esos artículos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.