Artículo 2881 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2881 No se puede transigir sobre el estado civil de las personas, ni sobre la validez del matrimonio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.