Artículo 368 de Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 368 Las personas que ejercen la patria potestad tienen la obligación de dar cuenta de la administración de los bienes de los hijos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.