Artículo 1209 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1209.- La expresión de una causa contraria a derecho, aunque sea verdadera, se tendrá por no escrita.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.