Artículo 214 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 214.- Las capitulaciones que establezcan la separación de bienes, contendrán un inventario del patrimonio de cada uno de los cónyuges al celebrarse el matrimonio y una nota pormenorizada de sus deudas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.