Código Civil estatal

Artículo 2822 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2822.- Cuando se hipotequen varios inmuebles para la seguridad de un crédito, es forzoso determinar por que porción del crédito responde cada inmueble, y puede cada uno de ellos ser redimido del gravamen, pagándose la parte del crédito que garantiza.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2822 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur?

Cuando se hipotequen varios inmuebles para la seguridad de un crédito, es forzoso determinar por que porción del crédito responde cada inmueble, y puede cada uno de ellos ser redimido del gravamen, pagándose la parte…

¿Está vigente el artículo 2822?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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