Artículo 313 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 313.- La sentencia que disuelve el vínculo matrimonial, fijará la situación de los hijos, atendiendo al tipo de divorcio.
(REFORMADO, B.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2017)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.