Artículo 319 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 319.- El Juez podrá modificar cualquiera de sus determinaciones sobre la asignación de los hijos, cuando el padre custodio no cumpla correctamente con sus funciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.