Artículo 404 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 404.- El hecho de dar alimentos no constituye por si solo prueba de la paternidad o maternidad. Tampoco puede alegarse como razón para investigar éstas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.