Artículo 1007 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1007.- Las transmisiones por causa de muerte se verifican en la sucesión legítima o en la sucesión testamentaria.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.