Artículo 1449 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1449.- Para que el contrato exista se requiere:
I.- Consentimiento;
II.- Objeto que pueda ser materia de las obligaciones creadas por el contrato;
III.- Solemnidad cuando la ley la exija.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.