Artículo 1539 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1539.- Para los efectos del artículo anterior, existen empobrecimiento y enriquecimiento:
I.- Cuando se opere el aumento de un patrimonio en detrimento de otro, sin que haya una fuente jurídica de obligaciones o derechos a través de la cual pueda fundarse dicho aumento;
II.- Cuando sin fuente o causa legítima un deudor se libere de una obligación; y III.- Cuando una persona deje de percibir sin causa aquello a que legalmente tenía derecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.