Código Civil estatal

Artículo 1553 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1553.- Si el cumplimiento del contrato o de una obligación dependen de la condición de que un acontecimiento suceda en un tiempo fijo, se aplicarán las siguientes disposiciones:

I.- Cumplida que sea la condición, se tendrá el contrato por perfeccionado, desde el día de la celebración;

II.- Si transcurre el plazo sin realizarse la condición, se tendrá ésta como no verificada;

III.- Si antes del plazo señalado, hay certeza de que la condición no podrá realizarse, se tendrá por no verificada desde el momento en que se adquiera esa certeza.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1553 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla?

Si el cumplimiento del contrato o de una obligación dependen de la condición de que un acontecimiento suceda en un tiempo fijo, se aplicarán las siguientes disposiciones: I.- Cumplida que sea la condición, se tendrá el…

¿Está vigente el artículo 1553?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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