Artículo 183 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 183.- Las personas jurídicas tienen el mismo derecho que el artículo 67 da a las personas físicas, respecto al uso de su nombre, y pueden ejercitar la acción de usurpación o de supresión de nombre.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.