Artículo 2023 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2023.- Cuando se estipule con otro, a favor de una persona distinta de las partes y quien prometa se sujete a una pena, valdrá ésta, para el caso de no cumplir lo prometido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.