Artículo 2135 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2135.- Las ventas al menudeo de puros, cigarros y bebidas embriagantes, hechas al fiado, no dan acción para exigir su precio.
Sección Segunda.- Objeto de la compraventa
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.