Artículo 2439 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2439.- El mandato puede ser general y especial. Son generales los contenidos en las tres primeras fracciones del artículo siguiente.
Cualquiera otro mandato será especial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.