Artículo 2940 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2940.- La constitución de la hipoteca necesaria podrá exigirse en cualquier tiempo, aunque haya cesado la causa que le diere fundamento, si está pendiente de cumplimiento, la obligación que se debiera haber asegurado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.