Artículo 3334 de Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 3334.- En la línea transversal sólo existe el derecho de representación en favor de los hijos de los hermanos, ya lo sean éstos de padre y madre, ya por una sola línea, cuando concurran con otros hermanos del difunto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.